Mié. Oct 16th, 2024

¿Qué es el programa de vigilancia profunda del S.A.T.?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México, una entidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se encarga de recaudar impuestos y desarrollar procedimientos de fiscalización para asegurar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales. Para ello, el SAT implementa programas y estrategias para identificar incumplimientos tributarios, detectar evasión fiscal y localizar irregularidades en las operaciones de los contribuyentes. Parte de sus funciones, respaldadas por el Código Fiscal de la Federación, incluyen brindar asistencia gratuita a los contribuyentes, explicar disposiciones fiscales y promover la formalidad y cumplimiento fiscal.

El SAT también promueve la presentación de declaraciones fiscales y correcciones a la situación fiscal de los contribuyentes a través de propuestas de pago, comunicados y notificaciones de inconsistencias. Entre sus iniciativas destaca el Programa de Vigilancia Profunda, que orienta a los contribuyentes para rectificar omisiones y diferencias detectadas, comparando sus declaraciones con las bases de datos del SAT. Este programa no implica el inicio de un proceso de fiscalización formal según el artículo 42 del Código Fiscal, y no conlleva sanciones directas, pero puede llevar a revisiones fiscales si no se atienden las medidas de vigilancia.

El Programa de Vigilancia del Servicio de Administración Tributaria, se plasma mediante las siguientes acciones:

  1. Se notifica al contribuyente un oficio de invitación donde solicita acudir de manera presencial a las instalaciones de la Administración Desconcentrada de Recaudación, en una fecha y hora programada, o bien, para una entrevista a través de medios electrónicos.
  2. Durante la entrevista, se dará a conocer al contribuyente las omisiones, diferencias o inconsistencias identificadas en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  3. Al término de la entrevista, el contribuyente recibe orientación para realizar las correcciones o aclaraciones en su caso, ante la autoridad en un plazo de 10 días hábiles posteriores a la entrevista.

Como se puede ver este Programa de Vigilancia incluye acciones como notificaciones para entrevistas presenciales o electrónicas, donde se informa al contribuyente sobre omisiones y diferencias fiscales identificadas, seguido de orientación para realizar las correcciones necesarias. Aunque este programa no está formalmente establecido en la ley y las autoridades tienen discreción sobre su manejo, participar en él puede ser conveniente para los contribuyentes.

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