Mié. Oct 16th, 2024

¿Los CFDI deben de relacionar los importes señalados con las operaciones realizadas?.

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que la multa impuesta al contribuyente por emitir comprobantes fiscales digitales por internet sin cumplir con los requisitos fiscales no era válida. La razón principal es que la autoridad fiscal excedió el alcance de su propia orden de verificación, la cual estaba limitada a comprobar la emisión de comprobantes por enajenación y/o prestación de servicios en ciertos días específicos.

El contribuyente, que opera bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, argumentó que según la regla 2.7.1.21 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, tenía derecho a emitir comprobantes fiscales de manera bimestral, incluyendo solo el monto total de las operaciones del bimestre y el periodo correspondiente. Por lo tanto, no estaba obligado a relacionar los importes diarios ni los números de comprobante de las operaciones con el público en general en las fechas específicas que la autoridad pretendía revisar.

El tribunal reconoció que la exigencia de la autoridad de acreditar el cumplimiento de una obligación no aplicable en las fechas de cada operación era excesiva y no consideraba el régimen fiscal del contribuyente. En consecuencia, la sanción fue considerada injustificada y la multa fue anulada. 

Autor: Legamy ¿Los CFDI deben de relacionar los importes señalados con las operaciones realizadas? Publicado el 20 de mayo.

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