Mié. Oct 16th, 2024

Advertencias del Pago de Contribuyentes Mediante Cheques.

La contribución al gasto público es un principio constitucional que se traduce en la obligación de los contribuyentes de aportar recursos para financiar las necesidades colectivas. En otras palabras, es la responsabilidad de cada ciudadano de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

Para cumplir con esta obligación, existen diversas formas de pago de las contribuciones. Según el Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes pueden realizar pagos mediante:

1. Transferencias electrónicas: Realizar transferencias de fondos a favor de la Tesorería de la Federación.

2. Tarjetas de crédito y débito: Utilizar tarjetas para efectuar los pagos.

3. Efectivo: Pagar directamente en efectivo.

4. Cheques: Emitir cheques del mismo banco en el que se efectúa el pago.

Es importante destacar que las personas físicas que realizan actividades empresariales y aquellas que no las realizan tienen diferentes opciones de pago. Por ejemplo:

• Si en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron ingresos inferiores a $2,455,520.00, pueden pagar en efectivo, transferencia electrónica, tarjetas de crédito/débito o cheques personales del mismo banco.

• Si no realizaron actividades empresariales y sus ingresos fueron inferiores a $420,940.00, también tienen estas opciones de pago.

El cheque, aunque válido como método de pago, requiere cierta delicadeza y atención especial en comparación con otras formas de pago. Es considerado un título de crédito según la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Por lo tanto, su uso debe ser cuidadoso y cumplir con las condiciones establecidas en el reglamento correspondiente.

En resumen, la contribución al gasto público es una responsabilidad fundamental para el funcionamiento del Estado, y los contribuyentes tienen diversas alternativas para cumplir con esta obligación.

FUENTE: Advertencias del pago de contribuciones mediante cheques. Referencias: Código Fiscal de la Federación. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2021. Cantidades actualizadas y compiladas por Resolución Miscelánea Fiscal DOF 27-12-2022. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cff.htm
Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19, 26 y 27. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el Martes 27 de diciembre de 2022. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5675764&fecha=27/12/2022#gsc.tab=0
Autor: investigación jurídica Legamy https://legamy.com/publicacion/advertencias-del-pago-de-contribuciones-mediante-cheques.

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